Ejecución judicial versus ejecución no-judicial

En primer lugar, la tendencia a la ejecución hipotecaria judicial varía de estado a estado. Una rápida búsqueda en la web te puede proporcionar la información que necesitas para saber si tu posible ejecución hipotecaria sucedería dentro del sistema judicial en tu estado. En el caso de que la ejecución hipotecaria sea judicial, el prestamista presenta una demanda ante el tribunal estatal. Con la ejecución hipotecaria no judicial, sin embargo, el prestamista sigue con procedimientos estatales muy estrictos. Generalmente se envía un aviso de incumplimiento al prestatario.

Con la ejecución hipotecaria judicial, el prestatario generalmente es notificado en persona, por correo, o públicamente (por ejemplo, en el periódico) con una denuncia que indica que el prestatario está en mora y la propiedad será vendida. En los estados sin ejecución hipotecaria, podrían suceder varias cosas o una combinación de cosas. Normalmente, recibirás un aviso de incumplimiento, y luego un aviso de venta. Puedes recibir una notificación combinada, de incumplimiento y venta. O podrías recibirla en una publicación, por ejemplo un periódico, que le notificará de la venta de su hogar.

Una diferencia importante entre la ejecución hipotecaria judicial y la ejecución hipotecaria no judicial es que el proceso judicial puede tomar meses o incluso años, mientras que la ejecución hipotecaria no judicial es un proceso más rápido que generalmente toma unos meses.

Ejecuciones hipotecarias

Cuando te atrasas en el pago de tu hipoteca, si estás en un estado con ejecuciones hipotecarias, el prestamista presentará una demanda con el estado para recuperar el dinero que se les debe. En un estado con ejecución hipotecaria judicial, el prestamista debe ir a la corte para que se lleve a cabo una ejecución hipotecaria.

Un prestamista puede comenzar a ejecutar la hipoteca la primera vez que no se efectúa un pago de la hipoteca. Ahora bien, esta no es la norma, por lo general los prestamistas esperan varios pagos no efectuados antes de seguir con la ejecución hipotecaria. Generalmente con el primer pago no efectuado, el administrador del préstamo llamará y preguntará dónde está su pago, y cuándo lo pagarás. Con el segundo pago no efectuado, el prestamista continuará haciendo llamadas. Es el tercer pago el que acelera las cosas. Puedes recibir una «Carta de Incuplimiento» o una «Carta de Aceleración» que dice que tienes 30 días para llevar todo de vuelta a un equilibrio, o van a iniciar el proceso de ejecución hipotecaria.

Entonces, la intención de iniciar la ejecución hipotecaria es comunicada por el prestamista, dando al prestatario la oportunidad de compensar los pagos faltantes más las tasas y los intereses. Si el prestatario no sigue las condiciones, el prestamista presenta una demanda. Luego, tiene la opción de responder. Si no respondes, probablemente perderás tu casa, pero si respondes hay algunos argumentos que son útiles para mantener tu hogar.

Si puedes canjear la hipoteca, pagándola en su totalidad, incluyendo los honorarios del abogado, es muy probable que mantengas tu hogar. De lo contrario, se te puede dar un aviso de venta. Luego se lleva a cabo una subasta. Pase lo que pase, no tienes que mudarte inmediatamente. No tienes que irte hasta que te notifiquen con un aviso oficial de desalojo.

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